JEE de Trujillo descarta exclusión y confirma que no hubo falsedad en hoja de vida de Víctor León

El órgano electoral archivó el caso y concluyó que el candidato al Senado no incurrió en omisión ni presentó información falsa en su Declaración Jurada.

El Jurado Electoral Especial de Trujillo (JEE) resolvió descartar cualquier intento de exclusión contra el candidato al Senado por La Libertad, Víctor Julio León Álvarez, al determinar que no existe falsedad ni omisión en su Declaración Jurada de Hoja de Vida (DJHV).

Mediante la Resolución N.° 00757-2026-JEE-TRUJ/JNE, el organismo electoral concluyó que no hay mérito para iniciar procedimiento sancionador alguno, por lo que dispuso el archivo definitivo del expediente en el marco de las Elecciones Generales de Perú 2026.

No existía obligación de declarar

El JEE determinó que el candidato no estaba obligado a declarar sentencias por delitos dolosos, debido a que fue absuelto en el proceso judicial, por lo que no existe condena firme ni reserva de fallo condenatorio.

Asimismo, sobre el cuestionamiento relacionado a una supuesta omisión de reparación civil, el colegiado precisó que este tipo de información no forma parte de los supuestos exigidos por la Ley de Organizaciones Políticas para ser consignados en la hoja de vida.

Fallo sin carácter firme

El órgano electoral también advirtió que la reparación civil mencionada no tenía carácter firme, ya que la Corte Suprema de Justicia del Perú dispuso la nulidad del extremo civil y ordenó la realización de un nuevo juicio.

Este hecho, según el JEE, refuerza que no existía obligación legal de declarar dicha información.

Archivo definitivo del caso

En base a estos argumentos, el Jurado Electoral Especial resolvió archivar definitivamente el caso, dejando constancia de que no se ha acreditado ninguna infracción electoral por parte del candidato.

El pronunciamiento reafirma además el respeto a los principios de legalidad y tipicidad en materia electoral, garantizando que no se sancione a ningún ciudadano por hechos que no estén expresamente contemplados en la ley.