JEE anula elección municipal en Pataz por ausentismo de más del 52 % de votantes

De los 6.978 ciudadanos habilitados para sufragar en el distrito, 3.664 no acudieron a las urnas el pasado 4 de octubre. La nulidad afecta únicamente los comicios distritales y no modifica los resultados provinciales ni regionales.

El Jurado Electoral Especial (JEE) de Pataz declaró nula la elección municipal distrital realizada el pasado 4 de octubre, luego de confirmar que el ausentismo superó el 50 % del padrón electoral. La decisión fue adoptada de oficio, en aplicación de la legislación electoral vigente.

De acuerdo con la información publicada por el diario Gestión, de los 6.978 ciudadanos habilitados para votar en el distrito de Pataz, 3.664 no participaron en la jornada electoral, lo que representa un ausentismo del 52,5 %. En total, acudieron a las urnas 3.314 electores.

La decisión está contenida en la Resolución N.° 00609-2026-JEE-PTAZ/JNE, emitida el 19 de octubre. El organismo electoral sustentó la nulidad en el artículo 36 de la Ley de Elecciones Municipales, que contempla esta medida cuando la inasistencia supera la mitad de los electores hábiles.

Podemos Perú obtuvo la mayor votación

En la elección distrital participaron dos organizaciones políticas: Podemos Perú y Alianza para el Progreso (APP).

Según los resultados consignados en la resolución, Podemos Perú obtuvo 1.464 votos válidos, equivalentes al 67,59 %, mientras que APP alcanzó 702 votos, que representaron el 32,41 %.

Pese a esa diferencia, la elección fue anulada debido al nivel de ausentismo registrado. La nulidad impide la proclamación definitiva de un ganador en estos comicios distritales.

Por su parte, APP había presentado una solicitud para anular la elección, pero el JEE la declaró improcedente por haber sido presentada fuera del plazo legal. Posteriormente, el organismo electoral evaluó el caso de oficio.

Nulidad no afecta la elección provincial ni regional

El JEE precisó que la medida se limita a la elección municipal distrital de Pataz. Por tanto, no invalida los resultados correspondientes a la Municipalidad Provincial de Pataz ni al Gobierno Regional de La Libertad.

La decisión abre paso al procedimiento electoral que corresponda para realizar elecciones complementarias, conforme a la normativa aplicable, a fin de definir a las autoridades municipales distritales.

El caso pone en evidencia el impacto que puede tener la baja participación ciudadana en la validez de un proceso electoral, incluso cuando una de las organizaciones políticas obtiene una mayoría clara entre los votos válidos emitidos.