La norma fue publicada este viernes en el diario oficial El Peruano y establece, además, que los trabajadores, en caso sean diagnosticados «con enfermedad terminal o cáncer», podrán retirar el 100% de la CTS en cualquier momento.
El Gobierno oficializó una modificación al artículo 42 del Decreto Legislativo 650, permitiendo que los trabajadores puedan realizar retiros parciales de su Compensación por Tiempo de Servicios (CTS). Según la norma, ahora se podrá disponer de hasta el 50 % del monto acumulado, incluyendo los intereses generados.
Además, se establece una disposición especial para quienes enfrenten situaciones críticas de salud. En caso de que un trabajador sea diagnosticado con una enfermedad terminal o cáncer, y estos diagnósticos sean debidamente acreditados ante el empleador, podrá acceder al retiro del 100 % de su CTS en cualquier momento. El cálculo del monto total se realizará a partir de la fecha en que se solicita dicho retiro.
Estas medidas buscan ofrecer una mayor flexibilidad y respaldo económico a los trabajadores, especialmente en contextos de vulnerabilidad o necesidad urgente. La norma ya se encuentra en vigencia tras su publicación en el diario oficial El Peruano.