El órgano electoral determinó que José Murgia Zannier no cumple con el requisito constitucional de ser peruano de nacimiento, mientras que otorgó un plazo de dos días para que Olga Cribilleros subsane observaciones en su postulación al Senado.
El Jurado Electoral Especial (JEE) de Trujillo, mediante la Resolución N.° 01086-2025-JEE-TRUJ/JNE, declaró improcedente la solicitud de inscripción de José Murgia Zannier como candidato al Senado de la República por el Partido Aprista Peruano (APRA), al no cumplir con el requisito de ser peruano de nacimiento.

De acuerdo con la resolución, el ente electoral verificó que Murgia Zannier nació en el extranjero, específicamente en el Estado Plurinacional de Bolivia, lo cual contraviene lo establecido en la normativa electoral vigente para postular a dicho cargo de representación nacional.
En el mismo pronunciamiento, el JEE declaró inadmisible la solicitud de inscripción de la candidata Olga Cribilleros Shigihara, también postulante al Senado por el APRA, otorgándole un plazo de dos días calendario para subsanar las observaciones formuladas por el órgano electoral.
Estas decisiones se enmarcan en el proceso de revisión y calificación de candidaturas con miras a las Elecciones Generales 2026, a fin de garantizar el cumplimiento estricto de los requisitos constitucionales y legales.