Congreso aprueba cadena perpetua por ‘criminalidad sistemática’ para combatir crimen organizado

La nueva figura penal, incorporada al Código Penal como artículo 318-B del Decreto Legislativo 635, establece penas de hasta cadena perpetua para delitos graves cometidos de forma reiterada y con armamento, aunque genera críticas por posibles ambigüedades legales.

El Pleno del Congreso de la República aprobó este miércoles 3 de septiembre de 2025, en segunda votación, la incorporación del delito de criminalidad sistemática en el Código Penal. La norma, contenida en el artículo 318-B del Decreto Legislativo 635, fue respaldada por 83 votos a favor, 27 en contra y 1 abstención.

¿Qué tipifica la nueva norma?

El nuevo artículo sanciona con penas no menores de 35 años de prisión, y en casos agravados, con cadena perpetua a quienes cometan delitos como secuestro, extorsión, sicariato, homicidio calificado o robo agravado, utilizando armamento militar o civil, explosivos u otros similares, y generando terror en la población.

Agravantes que elevan la pena a cadena perpetua:

  • Uso de armamento militar o explosivos
  • Participación de menores de edad
  • Implicación de miembros activos o retirados de las Fuerzas Armadas o Policía Nacional
  • Actos de extrema crueldad o ataques contra funcionarios públicos.

Trayectoria legislativa

La iniciativa nació del consolidado de 17 proyectos de ley presentados por diversas bancadas desde octubre de 2024. El debate culminó con su aprobación definitiva en septiembre de 2025, tras haber sido debatido y modificado en varias instancias parlamentarias.

Posturas enfrentadas

  • A favor: Legisladores como Diego Bazán argumentaron que la norma es necesaria frente a aumentos de violencia organizada, citando atentados recientes en la región La Libertad.
  • Críticas:
    • Gladys Echaíz señaló que el problema radica en plazos policiales insuficientes para investigar (48 horas), y sugirió ampliarlos a 15 días.
    • Ruth Luque advirtió que términos como “otros de similar caracterización” podrían dar lugar a interpretaciones arbitrarias, calificando el enfoque como populismo penal.

¿Y ahora qué sigue?

La ley se remite al Ejecutivo para su promulgación, tras lo cual será implementada en el sistema judicial. En paralelo, será necesario adaptar protocolos e incrementar capacidades investigativas para garantizar su aplicación sin vulnerar derechos fundamentales.